La Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló la transferencia al Fondo de Pensiones para el Bienestar de recursos de las cuentas de AFORE que no hayan sido reclamados por sus titulares.
La medida contempla los recursos correspondientes al retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores que cumplen con los requisitos establecidos en la legislación.
De acuerdo con información publicada por Infobae, el mecanismo contempla que, en el caso de trabajadores afiliados al IMSS, los recursos puedan ser transferidos al cumplir 70 años si no han sido reclamados, mientras que para trabajadores del ISSSTE el límite es de 75 años.
La resolución establece que estos recursos no dejan de pertenecer al trabajador o a sus beneficiarios, quienes pueden solicitar posteriormente su devolución conforme a los procedimientos establecidos.
El fallo generó atención debido a que los recursos serán administrados dentro del esquema del Fondo de Pensiones para el Bienestar, creado para fortalecer las pensiones de los trabajadores.
La decisión de la Corte avala así el mecanismo previsto en la reforma, aunque mantiene la posibilidad de que los beneficiarios reclamen posteriormente el dinero correspondiente a la cuenta individual.








